Firma electrónica y firma digital
En pocas palabras
Una firma electrónica es cualquier dato electrónico que una persona asocia a un documento con la intención de firmarlo; una firma digital es una técnica criptográfica, basada en certificados, que permite verificar quién firmó y que el documento no cambió. Cada país decide qué tipo de firma tiene qué valor legal. En salud importa para recetas, certificados, informes y documentos que se intercambian entre sistemas.
- Tipo
- Concepto
- Responsable
- Sin responsable único: concepto o tecnología genérica
- Revisado
- 25 de octubre de 2026
Explicación
Qué es
- Firma electrónica: término jurídico amplio. El Reglamento eIDAS la define como los datos en formato electrónico anejos a otros datos electrónicos o asociados de manera lógica con ellos, que utiliza el firmante para firmar.
- Firma digital: en este glosario, término técnico. Usa criptografía de clave pública y certificados para dar autenticación, integridad del mensaje y no repudio, las tres funciones que el HHS citó al adoptar un estándar de firma digital en 2026.
Niveles legales
| Jurisdicción | Norma | Niveles |
|---|---|---|
| Unión Europea | eIDAS (Reglamento (UE) 910/2014, modificado por el Reglamento (UE) 2024/1183) | Simple, avanzada y cualificada; la cualificada tiene un efecto jurídico equivalente al de una firma manuscrita (art. 25.2) |
| Brasil | Ley 14.063/2020 | Simple, avanzada y calificada; la calificada usa un certificado digital de la ICP-Brasil |
| Estados Unidos | ESIGN Act (15 U.S.C. 7001) | No se niega efecto legal a una firma solo por ser electrónica, en transacciones de comercio interestatal o exterior |
| Canadá | PIPEDA, parte 2 | «Firma electrónica segura» fijada por reglamento para documentos de leyes federales |
Usos en salud
- Brasil: las recetas de medicamentos sujetos a control especial y los certificados médicos electrónicos solo son válidos con firma calificada (art. 13 de la Ley 14.063); otros documentos de profesionales de salud requieren firma avanzada o calificada (art. 14). Esos mínimos no se aplican a los actos internos del hospital.
- Estados Unidos, recetas de sustancias controladas: la DEA exige que la aplicación autentique al profesional con dos de tres factores (algo que sabe, algo que es, algo que tiene) para firmar (21 CFR 1311.115).
- Estados Unidos, HIPAA: la regla final de 2026 sobre adjuntos de reclamaciones exige que, si un prestador firma electrónicamente esos adjuntos, siga la guía HL7 CDA R2 Digital Signatures and Delegation of Rights. Su cumplimiento es obligatorio desde el 26 de mayo de 2028.
Errores frecuentes
- Usar «firma electrónica» y «firma digital» como sinónimos. La primera es una categoría legal amplia; la segunda, una técnica criptográfica.
- Creer que una imagen escaneada de la firma da garantías técnicas. En la regla de adjuntos de 2026, el HHS señaló que esas formas en general no ofrecen un respaldo sólido para verificar la identidad, autenticar ni acreditar la intención de firmar.
- Suponer que un nivel vale para todo. Brasil exige firma calificada para ciertas recetas, aunque admite firma avanzada para otros documentos de salud.
- Confundir autenticarse con firmar. El inicio de sesión identifica al usuario; la firma vincula a una persona con un documento concreto.
Ejemplos de uso
En la Unión Europea, una firma electrónica cualificada tiene un efecto jurídico equivalente al de una firma manuscrita (eIDAS, art. 25.2).
En Brasil, una receta electrónica de un medicamento sujeto a control especial solo es válida con firma electrónica calificada del profesional (Ley 14.063, art. 13).
En Estados Unidos, firmar una receta electrónica de una sustancia controlada exige autenticación de dos factores según la DEA (21 CFR 1311.115).
La regla HIPAA de 2026 sobre adjuntos de reclamaciones adoptó la guía HL7 CDA R2 Digital Signatures and Delegation of Rights para las firmas electrónicas de esos adjuntos.
En Canadá, la parte 2 de PIPEDA define la «firma electrónica segura» para documentos regidos por leyes federales.
En Estados Unidos, la ESIGN Act de 2000 impide negar efecto legal a una firma solo por ser electrónica, en transacciones de comercio interestatal o exterior.
Relación con otros términos
Se apoya en0
Este término no se apoya en otros del glosario.
Dependen de este0
Ningún término del glosario depende de este.
Fuentes
- EUR-Lex — Regulation (EU) No 910/2014 (eIDAS), consolidated text of 18.10.2024eur-lex.europa.eu
- Planalto — Lei nº 14.063, de 23 de setembro de 2020 (assinaturas eletrônicas)planalto.gov.br
- 15 U.S.C. 7001 — Electronic Signatures in Global and National Commerce Act (govinfo)govinfo.gov
- eCFR — 21 CFR Part 1311, Requirements for Electronic Orders and Prescriptionsecfr.gov
- Federal Register — Administrative Simplification; Adoption of Standards for Health Care Claims Attachments Transactions and Electronic Signatures (91 FR 14350, 24 March 2026)federalregister.gov
- Justice Laws Website — Personal Information Protection and Electronic Documents Act, Part 2 (Canada)laws-lois.justice.gc.ca

